![Consejo Gobierno](/asset/thumbnail,992,558,center,center/media/cronicasdefuerteventura/images/2020/11/26/2020112617532971901.jpg)
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, ha ratificado este jueves el decreto que aprueba definitivamente el Plan Especial de Gestión del Riesgo de Inundación (PEGRI) de la Demarcación Hidrográfica de Fuerteventura, en los mismos términos en los que fue aprobado provisionalmente por el Cabildo insular.
Ese documento se limita a abordar un extremo concreto: la gestión de riesgos de inundación en la demarcación hidrológica citada y sus previsiones completan el Plan Hidrológico Insular de la Demarcación Hidrográfica de Fuerteventura. Aquel persigue la protección contra inundaciones y, además, se ajusta a las mismas normas de competencia y procedimiento que rigen el señalado Plan Hidrológico.
Teniendo en cuenta que los planes especiales de gestión del riesgo de inundación merecen la calificación jurídica de planes sectoriales con impacto sobre el territorio en virtud de Ley 4/2017, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias, el citado documento, una vez entre en vigor, tendrá la consideración de plan territorial especial y prevalecerá sobre los restantes instrumentos de ordenación territorial, ambiental y urbanística vigentes.
El acuerdo alcanzado por el Consejo de Gobierno se fundamenta en la Directiva 2007/60/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación, llamada Directiva de Inundaciones, y en el Real Decreto 903/2010, de 9 de julio y de dicha materia.
Esas normas plantean, entre otras obligaciones, la necesidad de realizar una evaluación preliminar del riesgo de inundación para identificar las áreas de riesgo potencial significativo de inundación; elaborar para estas zonas sus mapas de peligrosidad y mapas de riesgo de inundación, y establecer planes de gestión de estos riesgos.