Por ello, los acuerdos del pleno extraordinario se no se ajustan a derecho, ya que el Ayuntamiento no puede tomar un acuerdo basado en una petición que no se sustenta jurídicamente, ya que se aleja de las competencias municipales y tampoco se pueden hacer valoraciones personales desde la Administración sobre la entrega de un acta de un concejal, que se debe de llevar a cabo a título individual y que, en este caso, no tiene obligación de entregarla en base a una petición subjetiva en la que se llevan a cabo valoraciones personales que constituyen una reprobación frente a un miembro del pleno.
Finalmente la votación de la propuesta ha quedado con el siguiente resultado: 9 en contra de PSOE, Ciudadanos y Podemos, 1 a favor de Manuel Travieso, y 8 abstenciones de Coalición Canaria y Partido Popular y Mayra Marichal. El signo del voto del equipo de gobierno, en contra, se produce por imperativo legal del informe del secretario que establece la ilegalidad del voto de un acuerdo que debe de tomarse a nivel individual.