El Consejo de Gobierno ha aprobado este lunes, a propuesta de las consejerías de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos; Economía, Conocimiento y Empleo, y Turismo, Industria y Comercio, el decreto ley por el que se regula la concesión directa de subvenciones por importe de 84 millones de euros al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas (pymes) de los sectores afectados por las restricciones sanitarias derivadas del COVID-19. Estas ayudas se complementarán con otros 80 millones de euros en subvenciones para establecimientos alojativos turísticos, en cuya definición trabaja el Ejecutivo.
En total, el Plan Extraordinario de Ayudas del Gobierno de Canarias destina 165 millones de euros en ayudas directas a fondo perdido para las pymes y autónomos de Canarias, que se suman a las subvenciones ya concedidas el año pasado, por importe de 95,3 millones de euros.
La convocatoria aprobada en este decreto ley tiene como objetivo financiar los gastos fijos de funcionamiento (alquiler, cánones de uso de la propiedad intelectual, primas de seguros no sociales y suministros de luz, agua y comunicaciones) de los sectores afectados no solo por las restricciones, sino por la reducción de demanda, y de ella podrán beneficiarse aquellas pymes y autónomos cuyo volumen de facturación haya caído un 30% o más en el segundo semestre de 2020 respecto al mismo periodo de 2019.
El plazo para presentar las solicitudes se abrirá el próximo 10 de marzo y durará 20 días hábiles, hasta el 8 de abril.
Se trata de una convocatoria inédita en Canarias, que flexibiliza y agiliza al máximo legal posible sus requisitos para adaptarse a las distintas realidades de las pymes y autónomos del Archipiélago. Para ello, se ha hecho un gran esfuerzo político y técnico, gracias a la colaboración de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos; la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, y la Consejería de Turismo, Industria y Comercio, que han diseñado un modelo de cálculo de la cuantía de las subvenciones novedoso, justo y además certificable para la captación de los fondos europeos de recuperación REACT-EU, a los que está previsto cargar esta línea de ayudas.
En cualquier caso, dada la urgencia de la medida, el Gobierno de Canarias ha adelantado ya los fondos para agilizar el proceso, sin afectar en ningún caso a los presupuestos para 2021.
Dos líneas de ayudas
La convocatoria establece dos líneas de ayudas: una para personas trabajadoras autónomas sin asalariados, dotada con 18 millones de euros y que será gestionada por el Servicio Canario de Empleo, y otra para pymes y autónomos con personas asalariadas, dotada con 66 millones de euros y que será gestionada por la Dirección General de Promoción Económica de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo.
Para el cálculo de la cuantía de las ayudas, que según las estimaciones estarán entre los 1.063 y 25.000 euros por entidad beneficiaria, se toman como base tres criterios:
- Un cálculo de los gastos fijos basado en un estudio de costes simplificados para el que se han tomado como referencia datos reales de empresas canarias y que permite agilizar los trámites.
- Un aumento de la cuantía en función del número de personas empleadas equivalentes a tiempo completo, hasta 10 trabajadores: a mayor número de personas trabajadoras, mayor cuantía, con lo que se aporta equidad a la convocatoria.
- Un aumento de la cuantía en función del porcentaje de reducción de la facturación: a mayor porcentaje de caída, mayor cuantía, reforzando la protección de las empresas en función de su afectación.
Muestra de 10.600 empresas
Precisamente, el estudio de costes unitarios que ha servido para fijar los costes medianos de las empresas se sustenta en una encuesta estructural que hace el INE para toda España y cuyos microdatos comparte con el Instituto Canario de Estadística (Istac). El tamaño de la muestra es 10.600 empresas en Canarias y, de ellas, el Istac ha elaborado un exhaustivo informe mediante el estudio de 4.737 para calcular los costes medianos de las que su facturación cae al 30%.
Este proceder, apoyado en una muestra amplísima, permite eliminar burocracia, pues las ayudas se deciden en función de costes fijos.
Las pymes y autónomos que soliciten la ayuda deberán presentar una declaración responsable de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o Mutualidad Profesional, de que no se han recibido ayudas con el mismo fin y de que no se incurre en las prohibiciones establecidas en el decreto ley. Además, deberán acreditar una caída de su volumen de facturación entre el segundo semestre de 2020 y el segundo de 2019 superior al 30%; presentar un informe de la plantilla de trabajadores en situación de alta, a 31 de diciembre de 2020, emitido por la Seguridad Social, y acreditar el alta en la correspondiente actividad.
Esta información se analizará solo para comprobar que se reúnen los requisitos y que se ha adjuntado la documentación necesaria, en cuyo caso se calculará la cuantía de la ayuda y se le dará trámite. Las pymes y autónomos beneficiarios estarán obligados a mantener su actividad al menos durante seis meses a partir del día siguiente a la publicación del decreto ley en el Boletín Oficial de Canarias.
El Plan Extraordinario de Ayudas lanzado por el Gobierno de Canarias es la mayor iniciativa de apoyo a las pymes y autónomos de la historia de la Comunidad Autónoma, con más de 400 millones de euros entre ayudas directas y medidas de moratoria fiscal.
Moratoria fiscal
Precisamente, el Ejecutivo, a propuesta de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, aprobó el pasado 28 de enero otro decreto ley por el que se adoptan medidas excepcionales para facilitar el pago de obligaciones tributarias, norma que entró en vigor al día siguiente y fue finalmente convalidada por unanimidad en el Parlamento de Canarias el 23 de febrero. Hace ya un mes, por tanto, que está en vigor esa moratoria fiscal, que supone 235,8 millones de liquidez para las empresas y autónomos. Un importe que el Gobierno de Canarias soportará con su tesorería al diferir el cobro tributario que estaba previsto.
Ese decreto ley dispone el aplazamiento del ingreso ordinario del IGIC y el AIEM correspondiente al primer trimestre del presente año hasta el 20 de octubre, ampliar por seis meses el vencimiento del pago de deudas tributarias ya aplazadas o fraccionadas, para todos los plazos no vencidos, sin tener que pagar intereses por ello, aplazar deudas tributarias que se encuentren en periodo ejecutivo si en su día la deuda fue aplazada o fraccionada y ampliar también hasta el 20 de octubre el plazo de presentación de la autoliquidación de la tasa fiscal sobre los juegos de suerte, envite o azar correspondientes a máquinas o aparatos automáticos.