La pandemia impuso el trabajo a distancia en España sin una normativa que respaldara el uso de una fórmula residual en el mercado laboral antes de que irrumpiera el coronavirus. Tras un tira y afloja entre el Gobierno y los agentes sociales, las posiciones se han aproximado y el Consejo de Ministros tiene previsto dar hoy el visto bueno a una norma que busca garantizar que no se resientan los derechos colectivos de los trabajadores. Así, el ocupado que teletrabaja no sufrirá perjuicio en sus condiciones laborales, incluyendo retribución, estabilidad en el empleo y promoción profesional, informa abc.es
El teletrabajo será voluntario, deberá formalizarse en un acuerdo por escrito entre la empresa y el empleado y el empleador tendrá, además, «derecho a la compensación total de los gastos porque el trabajo a distancia no puede suponer costes relacionados con equipos, herramientas y medios vinculados al desarrollo de su actividad laboral». El texto que pasa hoy por el Consejo de Ministros alude a la prevención de riesgos laborales y urge a poner atención en los factores «psicosociales, ergonómicos y organizativos» y tenerse en cuenta, en particular, la distribución de la jornada, tiempos de disponibilidad y la garantía de descansos y desconexión durante la jornada de trabajo.
La ley se aplicará a todos los trabajadores que teletrabajen al menos el 30% de su jornada. Con este porcentaje quedarían fuera de esta regulación, por ejemplo, todos los empleados que teletrabajen solamente un día a la semana (20% de la jornada) como medida de flexibilidad laboral.