Una juez condena a Podemos a indemnizar a la ex abogada que denunció 'Neurona'

El Juzgado de lo Social Número Uno de Granollers (Barcelona) ha condenado a Podemos a indemnizar a su ex responsable de Cumplimiento Normativo Mónica Carmona por reducirle la jornada laboral a la mitad, si bien ha descartado que su cese fuera una "represalia" por las investigaciones internas que llevó a cabo junto al también ex abogado del partido José Manuel Calvente y que dieron lugar al llamado caso 'Neurona'.

Según cope.es, Carmona, abogada de profesión, comenzó a trabajar para Podemos Cataluña en abril de 2016 con un contrato temporal y a tiempo parcial que posteriormente se transformó en uno indefinido a tiempo completo ya como jefa de 'compliance' de la formación 'morada' a nivel nacional. Al ser cesada de este cargo, en diciembre de 2019, el partido le comunicó que le reducía la jornada laboral a la mitad.

La ex abogada de Podemos alegaba, al igual que ante el Juzgado de Instrucción Número 42 de Madrid donde se investiga el caso 'Neurona', que tanto su cese como el de Calvente fueron una represalia por las investigaciones que ambos realizaban sobre presuntas irregularidades, tales como los contratos suscritos con las consultoras políticas Neurona Comunidad y ABD para la campaña electoral de 2019 o las obras de la nueva sede del partido.

Para la juez Carmen Briones, "no se ofrece indicio alguno (...) que permita afirmar que la actuación del empleador (Podemos) de modificar la jornada de trabajo de la actora (Carmona) obedece a una represalia por el ejercicio o cumplimiento de sus funciones", según su sentencia del pasado 12 de marzo, a la que ha tenido acceso Europa Press.

La juzgadora ha considerado que no pudo haber represalia porque "no consta que el empleador o cualquiera de sus órganos tuvieran conocimiento de la existencia de una investigación" por parte de Carmona, enfatizando que, conforme a las pruebas, los únicos que sabían que se estaban llevando a cabo esas pesquisas internas eran la propia Carmona y Calvente.

"MERAS ALEGACIONES"

Briones ha precisado que la ex responsable de Cumplimiento Normativo solo avisó a los órganos del partido --la Secretaría General, la Secretaría de Coordinación, la Gerencia y el Consejo Ciudadano-- sobre las supuestas irregularidades después del 2 de diciembre de 2019, cuando tuvo noticia de que se proponía su cese ante un "nuevo escenario" en el que Podemos esgrimió que precisaba de "personas que cuenten con la máxima confianza de la organización a nivel profesional".

La juez también ha reprochado a Carmona que "no acredita que, con anterioridad a su conocimiento de la propuesta de su cese como responsable de Cumplimiento Normativo, hubiera elaborado informe alguno, recabado información, ni actuación instructora alguna para poner aquellos hechos, comunicados por el señor C. (Calvente), en conocimiento de la ejecutiva o gerencia de Podemos". "Se trata de meras alegaciones", ha concluido.

Por ello, ha rechazado las pretensiones de Carmona en este punto, donde aducía una presunta vulneración de derechos fundamentales, en concreto de la garantía de indemnidad, que blinda a quien ejerce la acción judicial o realiza los actos preparatorios o previos a la misma, y pedía 75.000 euros en concepto de reparación de daños morales.

"No se desprende de la prueba practicada que la demandante ejercitara derecho alguno ni preparatorio de acciones judiciales ni reclamación alguna, ni propia ni en beneficio del partido", de modo que "los hechos acreditados y constatados no tienen encaje, por lo demás, en la garantía de indemnidad", ha zanjado Briones.

UN CAMBIO "ILÍCITO"

En cambio, la titular del Juzgado de lo Social Número Uno de Granollers sí ha reconocido la parte de la demanda de Carmona en la que denuncia un cambio sustancial en las condiciones de trabajo, por pasar de una jornada de 40 horas a una de 20 tras su destitución.

Briones ha explicado que "la medida adoptada por la empresa 'contra legem' es ilícita al suponer la conversión o la novación de un contrato a tiempo completo en un contrato a tiempo parcial, que no puede operar sin consentimiento de la trabajadora".

A este respecto, ha añadido que, según Podemos, la jornada laboral se le redujo cuando fue cesada como jefa de 'compliance' porque se le aumentó para ese puesto, pero "dicha alegación no es del todo cierta, por cuanto a la actora se la nombra como responsable de Cumplimiento Normativo en marzo de 2017 y no es hasta el mes de mayo cuando se le amplía la jornada laboral".

En consecuencia, ha declarado "nula" esta medida, "con las consecuencias legales inherentes, esto es, con la obligación de la empresa de reponer a la trabajadora en sus anteriores condiciones de trabajo consistentes en una jornada de 40 horas semanales y con las funciones propias de su categoría profesional de asesora jurídica".

La juez también ha aceptado la indemnización reclamada por Carmona por este aspecto, "consistente en las diferencias salariales como perjuicio económico producido a la trabajadora desde la fecha de efectividad de la modificación (el 27 de diciembre de 2019) a razón de 36,72 euros al día", si bien ha indicado que la cantidad total deberá fijarse al ejecutarse la sentencia, ya que la ex abogada está de baja laboral desde el día 9 de ese mes.