La Fiscalía General del Estado dicta una nueva orden para echar "con inmediatez" a los 'okupas'
El número de "okupaciones" en España se ha visto agravado a raíz de la covid-19, según revelan los últimos datos facilitados por el Ministerio del Interior. Durante el primer semestre del 2020 se han registrado 7.450 denuncias relacionadas con este tipo de delito, lo que supone un 5% más que en el mismo periodo del año pasado, informa cope.es.
Las tendencias confirman que este tipo de delitos está yendo al alza. En 2015 las ocupaciones ilegales en España superaban ligeramente los 10.000 casos; mientras que en 2019 se superaban los 14.000 y este año se prevé que se supere la barrera registrada el año pasado.
La falta de legislación en esta materia es uno de los motivos de esta situación, según apuntan muchas personas. El Gobierno de Pedro Sánchez, en cambio, no prevé modificar la ley porque consideran que el titular de un inmueble está suficientemente amparado por esta frente a quienes buscan el mejor momento para entrar en un domicilio ajeno y poder así dar comienzo a un recorrido judicial largo y costoso.
La orden de la Fiscalía General del Estado
La Fiscalía General del Estado, presidida por la exministra socialista Dolores Delgado, también se ha mostrado contraria a un cambio en la ley, pero este martes ha dictado una instrucción dirigida a todos los fiscales que busca poder echar a los ocupas en cualquier momento. La orden que ha dado Delgado a los fiscales españoles hace referencia a dos delitos, la usurpación (no es la residencia habitual) y el allanamiento (es la residencia habitual).
En ambos casos los fiscales deben buscar expulsar a los ocupas en el menor tiempo posible y para ello se han tenido en cuenta una serie de requisitos que antes no estaban contemplados, así como un conocimiento más detallado de cómo deben actuar para recabar información.
Con esta medida, lo que se busca es recurrir "con la mayor inmediatez a las herramientas legales disponibles en nuestro ordenamiento jurídico, capaces de restablecer el legítimo derecho del/de la denunciante y evitar la persistencia en el tiempo de la conducta delictiva en tanto se tramita el correspondiente procedimiento".
Entre las principales novedades de la orden dictada por el ministerio público, se encuentra que como medida cautelar se va a tener en cuenta a los vecinos como personas perjudicadas, así como si las personas entraron al dominico con violencia y si el dueño es un particular a la hora de proceder a un desalojo.
"Se tendrá en consideración no solo a las víctimas o perjudicados por el delito, sino también a los/las vecinos/as y/o colindantes a los/las que el delito pueda suponer un perjuicio directo en el pleno disfrute de sus derechos", explica la orden.
Otra de las novedades es cómo se actúa a partir de ahora en el allanamiento de morada. Según explica la orden, solo bastaría con presentar una denuncia en el juzgado de guardia para que la Policía competente recabase la información y llevase a cabo el desalojo.
La nueva orden también contempla otras situaciones. Por ejemplo, si los ocupantes están en una situación de vulnerabilidad, se coordinará con servicios sociales, para buscar diversas opciones (entre las que se encuentra solución habitacionales), antes de proceder a su desalojo.
Una de las incógnitas que escondía este proceso es qué pasaría con la usurpación de inmuebles de entidades privadas, como los bancos. Según la orden que se ha hecho pública este martes, se pedirá el desalojo cuando "se constate la existencia de un efectivo riesgo de quebranto para los bienes jurídicos de la misma".
Estas medidas llegan después de que el fiscal jefe de la Comunidad Valenciana ordenase también la expulsión exprés de los ocupas con la intención de unificar criterios por parte de todas las Fuerzas y Seguridad del Estado pero en términos de proporcionalidad e intimidación, porque han entendido que este es un problema grave de la actual sociedad.