Fuerteventura consigue volver al reparto justo del Régimen Económico y Fiscal
El Boletín Oficial de Canarias (BOC) ha publicado este miércoles el decreto de modificación de las bases de distribución intermunicipal del Bloque de Financiación Canario en la isla de Fuerteventura. Con ello se da cumplimiento a un acuerdo plenario adoptado por todos los ayuntamientos de la isla en el año 2020 en el que solicitaron que se volviera a la distribución intermunicipal de los recursos del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias tal y como está recogida en la legislación vigente.
Para el presidente del Cabildo de Fuerteventura, Sergio Lloret López, “hoy es un día importante para la isla porque por fin volvemos a tener un reparto equitativo entre los municipios de acuerdo a lo que establece la Ley, cumpliéndose así una demanda de todos los ayuntamientos de Fuerteventura y del Cabildo también”. Asimismo, Lloret quiso agradecer “la solidaridad que todos los municipios han querido tener con Betancuria, que venía siendo perjudicada por el actual reparto de fondos, y que con la nueva distribución le va a proporcionar un balón de oxígeno para su economía”.
Por su parte, el alcalde de Betancuria, Marcelino Cerdeña, manifestó que “después de algo más de una década luchando desde Betancuria para que el reparto de los recursos del REF cambiaran, hoy por fin ha salido publicado en el BOC esos nuevos criterios de reparto que van a suponer un impulso económico para el municipio de Betancuria, que además es uno de los que menos recursos económicos tiene de Fuerteventura y de Canarias”. Marcelino Cerdeña ha querido agradecer a los alcaldes actuales y a los de anteriores legislaturas “que apostaron por acabar con esta injusticia”.
El decreto recoge, además, que los criterios de distribución establecidos tendrán carácter retroactivo a fecha 1 de enero de 2021. La liquidación definitiva de los recursos correspondientes al ejercicio 2020 “se realizará mediante la aplicación de los mismos criterios que se utilizaron en su momento para la distribución de las entregas a cuenta de dicho ejercicio, sin perjuicio de la aplicación de los datos de población a 1 de enero de 2020”.