El Gobierno de Canarias pide al TSJC la subsanación y complemento de la sentencia sobre la OPE de 2018
- La Dirección del SCS y las organizaciones sindicales coincidieron en la necesidad de conservar los actos ya dictados en el desarrollo de la OPE de 2018
El director del Servicio Canario de la Salud, Conrado Domínguez, presidió este miércoles por la mañana una reunión extraordinaria de la Mesa Sectorial de Sanidad en la que informó a los representantes legales de los trabajadores del SCS que se ha presentado ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias un incidente de subsanación y complemento de la sentencia dictada sobre la Oferta Pública de Empleo de 2018.
Tras estudiar dicha sentencia, explica en un comunicado posterior el Ejecutivo regional, los Servicios Jurídicos de la Comunidad Autónoma han interpuesto un incidente de subsanación y complemento de sentencia al amparo de lo previsto en el artículo 215.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que prevé que las omisiones o defectos de que pudieren adolecer sentencias y autos y que fuere necesario remediar para llevar plenamente a efecto dichas resoluciones podrán ser subsanadas mediante un auto. Los demandantes disponen de cinco días para hacer alegaciones sobre lo aportado por la Administración.
En el proceso judicial, el SCS argumentó que la legalidad de esta OPE no puede ser objeto de debate por constituir una desviación procesal, ya que lo que realmente se impugna es la inactividad de la Administración al no desarrollar el Plan de Estabilización de empleo temporal para mayores de 50 años y no la legalidad en sí de la OPE.
Esta subsanación se interpone ante la misma Sala de lo Contencioso del TSJC de Canarias por no haberse pronunciado sobre la argumentación defendida por la Administración en el proceso judicial emprendido entorno a esta OPE. En el caso de que esta subsanación sea desestimada, se estudiará presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Por otro lado, la Dirección del SCS y las organizaciones sindicales coincidieron en la necesidad de conservar los actos firmes ya dictados en el desarrollo de la OPE de 2018.